El Vaticano presentó un documento acerca de la sepultura de los difuntos y la conservación de las cenizas en caso de cremación, elaborado por la Congregación para la Doctrina de la Fe, presidida por el Cardenal Gerhard Müller.
La instrucción se titula “Ad resurgendum cum Christo” y aquí explicamos los principales puntos.
1. Preferir la sepultura de los cuerpos. El texto precisa que la Iglesia «sigue prefiriendo la sepultura de los cuerpos, porque con ella se demuestra un mayor aprecio por los difuntos; sin embargo, la cremación no está prohibida a no ser que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana”.
2. La cremación es lícita. La Iglesia establece ahora que “cuando razones de tipo higiénicas, económicas o sociales lleven a optar por la cremación, ésta no debe ser contraria a la voluntad expresa o razonablemente presunta del fiel difunto, la Iglesia no ve razones doctrinales para evitar esta práctica, ya que la cremación del cadáver “no toca el alma” ni tampoco niega “la doctrina cristiana sobre la inmortalidad del alma y la resurrección del cuerpo”.
3. Lugar sagrado. Las cenizas «deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente”, para evitar «la posibilidad de olvido, falta de respeto y malos tratos, que pueden sobrevenir sobre todo una vez pasada la primera generación, así como prácticas inconvenientes o supersticiosas”.
4. No se puede conservar las cenizas en el hogar. La Congregación para la Doctrina de la fe señala que está totalmente prohibida “la conservación de las cenizas en el hogar”. “Sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias, dependiendo de las condiciones culturales de carácter local, el Ordinario (obispo), de acuerdo con la Conferencia Episcopal o con el Sínodo de los Obispos de las Iglesias Orientales, puede conceder el permiso para conservar las cenizas en el hogar”.
5. Las cenizas no se pueden dividir. El texto explica que “Las cenizas no pueden ser divididas entre los diferentes núcleos familiares y se les debe asegurar respeto y condiciones adecuadas de conservación”.
6. No se puede esparcir las cenizas. El documento dice que no se debe permitir la dispersion de cenizas en el aire, tierra o agua o en cualquier otra forma, “para evitar cualquier malentendido panteísta, naturalista o nihilista.
7. No hacer recuerdos conmemorativos. El documento también prohibe convertir las cenizas en en piezas de joyería o en otros artículos conmemorativos, teniendo en cuenta que para estas formas de proceder no se pueden invocar razones higiénicas, sociales o económicas que pueden motivar la opción de la cremación”.
La justificación y explicación de estas nuevas normas se presenta en los dos primeros puntos del documento de ocho puntos, el cual compartimos íntegro en Presencia.digital.