Dra. Velia Collazo/Abogada Derechohumanista
Conmemoramos la crucifixión de Nuestro Señor Jesucristo y es importante señalar la función del Sanedrín durante el proceso y sentencia de Jesús de Nazaret.

El Sanedrín fue la institución suprema del pueblo judío, aproximadamente desde el siglo II a.C. hasta el año 70 d.C. Realizaba diversas funciones de manera simultánea, como Corte Suprema, consejo legislativo y organismo administrativo.
Ahora bien, desde una perspectiva jurídica, el Sanedrín representa un caso fascinante sobre la fusión del derecho religioso (Halajá) con el derecho cívico, operando bajo las restricciones de la soberanía romana.
Estaba compuesto por 71 miembros, incluyendo al presidente denominado Nassi. Esta cifra se inspiraba en la estructura bíblica de Moisés y los 70 ancianos, puesto que los integrantes provenían de tres grupos principales: a) Sumos Sacerdotes: Saduceos influyentes en la aristocracia. b) Ancianos: Líderes tribales o de familias nobles. c)Escribas: Expertos en la Ley entre los que se encontraban fariseos y saduceos.
Para ser juez se requerían requisitos estrictos: conocimiento profundo de la ley, madurez, y se prefería a quienes tenían familia puesto que eran considerados muy misericordiosos. Se reunían usualmente en el Salón de las Piedras Talladas en el Templo de Jerusalén.
Respecto a las Competencias Jurídicas, el Sanedrín poseía facultades exclusivas: Tribunal de Apelación: Resolvía casos de tribunales menores, beith dyn. Juicios Penales: Tenía jurisdicción sobre delitos religiosos y civiles importantes, incluyendo el juzgar a falsos profetas, al Sumo Sacerdote o casos de idolatría. Interpretación de la Ley: Actuaba como tribunal supremo en la interpretación de la ley judía, halajá.
Sin embargo, contaba con diversas limitaciones: Tras la ocupación romana, año 6 d.C., el Sanedrín perdió la ius gladii, lo que es el derecho a ejecutar la pena de muerte, en casos penales ordinarios, necesitaban la ratificación del procurador romano, como ocurrió en el caso de Jesús.
En cambio, las Garantías Procedimentales: El derecho procesal hebreo era notablemente garantista, diseñado para proteger la vida del acusado. Sin embargo, en el caso de Jesús no se protegió su vida. El debate era contradictorio, significa que la defensa y la acusación se integraban en el mismo tribunal, con jueces que asumían roles de defensores. En el caso de los testigos, se requerían al menos dos testigos coincidentes. El falso testimonio se castigaba con la pena que el acusado habría recibido. Con base a la tradición, en el Juicio de Jesús se fabricaron los testigos, y el propio Sanedrín instigó los testimoniales, fabricando pruebas. En lo que respecta a la votación, para absolver se requería mayoría simple, 36 jueces, pero para condenar se necesitaba un margen mayor, 37, indicando una inclinación a la clemencia.
Unanimidad: Una sentencia de condena unánime 71-0 se consideraba inválida, pues sugería falta de debate interno o un complot contra el acusado. En el caso del Nazareno no existió dicho debate, el objetivo se cumplió, acabar con la vida de Jesús de Nazareth, y apagar lo que ellos consideraban, sus revueltas.
Durante el Proceso de Jesús. el juicio ante el Sanedrín narrado en los Evangelios presenta irregularidades fundamentales según el propio derecho judío de la época, toda vez que los funcionarios que integraban el Sanedrín sólo buscaban lograr su objetivo, terminar con su vida.
Las irregularidades existentes siempre se manifestaron, el lugar y tiempo, se reunieron en la casa del Sumo Sacerdote y no en el Templo. Urgencia: Juicios capitales no podían realizarse en vísperas de Shabat o festividades; y el de Jesús no querían que viviera más tiempo. Por la misma urgencia de concluir antes de las fiestas, la unanimidad fue forzada, se describe una condena apresurada que rompe con la necesidad de reflexión de 24 horas para sentencias de muerte.
Jurídicamente, el proceso fue más un interrogatorio para obtener una confesión que un juicio justo, buscando una causal de blasfemia para entregarlo a la autoridad romana por sedición, sin leerle sus derechos, no hubo defensa, derecho de réplica.
En consecuencia, el Sanedrín fue un tribunal de alto nivel que intentó equilibrar la tradición mosaica con la administración política de Judea. Aunque su derecho procesal establecía salvaguardas avanzadas para la época, su actuación en momentos de tensión política extrema evidenció la fragilidad de la justicia cuando esta se somete a la presión política y la influencia de la autoridad extranjera. El estudio del Sanedrín permite entender la compleja intersección entre ley, religión y poder en el antiguo Israel, tomando en consideración que la presencia y popularidad de Jesús, los había rebasado, le tenían envidia debido a su popularidad, temían los rebasara en autoridad sólo por ello lo sentenciaron a muerte, y ejecutaron la sentencia.
































































