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A lo largo de su vida ministerial, el sacerdote recibe diversos encargos, uno de ellos es la misión de ser párrocos. Es probable que algunas personas no sepan a ciencia cierta qué es un párroco y qué le corresponde hacer. Para explicarlo presentamos este artículo.
De acuerdo a la normativa canónica “El párroco es el pastor propio de la parroquia que se le confía, y ejerce la cura pastoral de la comunidad que le está encomendada, bajo la autoridad del obispo diocesano, en cuyo ministerio de Cristo ha sido llamado a participar para que en esa misma comunidad cumpla las funciones de enseñar, santificar y regir, con la cooperación también de otros presbíteros o diáconos, y con la ayuda de fieles laicos, conforme a la norma del derecho” (Can 519).
Autoridad en tres partes
La autoridad del párroco no es únicamente de orden espiritual; es también de orden externo y administrativo; representa a la parroquia en todos los negocios jurídicos (Can 532); fomenta las iniciativas aun en el campo de la justicia social (Can. 528 1); modera la sagrada liturgia, vigilando para que no se introduzcan abusos (Can 528-2); tiene súbditos (Can 107) a quienes pueden dispensar de votos privados o de algunas leyes eclesiásticas (Can 1196, §1; 1245; 1079, §2).
Se piden algunas cualidades para ser párroco: debe haber recibido el orden del presbiterado (Can 521 §1). Debe destacarse además por su sana doctrina y probada vida moral, estar dotado de celo por las almas y de otras virtudes, y tener las cualidades que se requiere tanto por el derecho universal como particular, para la cura de la parroquia de que se trate (Can 521 § 2)
Sus funciones
En atención a la importancia pastoral de su misión, el Código de derecho canónico dedica dos extensos cánones, los cánones 528 y 529, a dar indicaciones al párroco sobre el cumplimiento de sus funciones. De acuerdo con ellos:
- a) El párroco está obligado a procurar que la palabra de Dios se anuncie en su integridad a quienes viven en la parroquia (canon 528 § 1)
- b) Procurará que la Santísima Eucaristía sea el centro de la vida parroquial (canon 528 § 2)
- c) El párroco debe procurar conocer a los fieles que se le encomiendan (canon 529 § 1)
- d) El párroco procurará promover la función propia de los laicos, y cooperará con el Obispo diocesano (canon 529 § 2)
Obligaciones concretas
Las funciones anteriores constituyen obligaciones verdaderas para el párroco, aunque son de difícil concreción. Por eso, además, el Código de derecho canónico da una relación de las obligaciones más concretas del párroco, entre ellas:
- a) La administración de ciertos sacramentos (canon 530, y canon 1108 para el matrimonio)
- b) Obligación de residir en la parroquia, salvo que haya justa causa (canon 533)
- c) Debe aplicar la Misa por el pueblo a él confiado los días de precepto (canon 534)
- d) Ha de llevar con orden los libros parroquiales y el archivo de la parroquia (canon 535)
- e) Debe presentar la renuncia una vez cumplidos los setenta y cinco años. (canon 538 § 3).
- g) Debe cuidar de la formación catequética de los fieles (cánones 776 y 777)
- k) Ha de llevar un libro con las cargas, obligaciones y cumplimientos de las obras pías (canon 1307)
El patrono de los párrocos
Conocido como «el Cura de Ars», Juan María Vianney nació el 8 de mayo de 1786 en Dardilly, cerca de Lyon. Sus padres eran agricultores y lo orientaron desde muy joven a trabajar en el campo, tanto fue así que Juan llegó a los 17 años, todavía analfabeto. Sin embargo, gracias a las enseñanzas religiosas de su madre, aprendió muchas oraciones de memoria y vivió un fuerte sentido religioso.
Consagrado enteramente a Dios y a sus feligreses, murió el 4 de agosto de 1859, a la edad de 73 años. Fue beatificado en 1905 por Pío X y canonizado en 1925 por Pío XI, quien en 1929 lo proclamó «Patrón de todos los párrocos del mundo».
En 1959, en el centenario de su muerte, San Juan XXIII le dedicó la Encíclica Sacerdotii Nostri Primordia, proponiéndolo como modelo para los sacerdotes, mientras que en 2009, con motivo del 150º aniversario de su muerte, Benedicto XVI convocó un «Año Sacerdotal» en la Iglesia universal para ayudar a promover el compromiso de renovación interior de todos los sacerdotes y para que su testimonio de fidelidad al Evangelio en el mundo de hoy fuera más incisivo y creíble.
En frase…
“Si comprendiéramos bien lo que es un sacerdote en la tierra, moriríamos: no de miedo, sino de amor”.
San Juan María Vianney