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Prescencia

Aprueban Ley de Amnistía

Julius Maximus Texto: Julius Maximus
5 mayo, 2020
en Plaza Pública
Reading Time: 4 mins read

Con el argumento de prevenir brotes de coronavirus en los reclusorios, el Poder legislativo de México aprobó este mes la Ley de Amnistía, con el que se estima liberar hasta 6 mil personas, aunque legisladores de oposición advierten alcance limitado.

De acuerdo al dictamen los beneficiarios son personas acusadas de robo simple, narcomenudeo y en condiciones de pobreza y marginación que podrán tener una preliberación, a fin de evitar que se contagien de COVID-19 dentro de las cárceles, dijeron los legisladores en la propuesta.

La ley, que ha generado serias críticas, se aprobó en una sesión del 20 de abril. El dictamen fue aprobado en lo general, por 68 votos a favor, 14 en contra y dos abstenciones; posteriormente se aprobó en lo particular con 63 votos a favor 12 en contra y 3 abstenciones. Por eso la pregunta de esta semana es:

 

¿Qué opina  de la Ley de Amnistía aprobada y qué implicaciones tiene para la sociedad?

 

El pasado 23 de abril de 2020 se aprobó la ley de Amnistía en nuestro país, esto significa: perdón de penas decretado por el Estado como medida excepcional para todos los presos condenados por determinados tipos de delitos, generalmente políticos.  Esta ley tiene como eje trasversal a personas en situación de vulnerabilidad como: mujeres, indígenas, afrodescendientes, consumidores de drogas y aquellas personas que, por su situación de exclusión como la pobreza y discriminación, hayan sido forzados a trabajar en la delincuencia organizada. Los delitos que se perdonan a esta población son aborto, posesión de armas, robo simple (sin violencia) sedición por cuestiones políticas. Esta ley no cubre delitos graves como homicidio, violación, tráfico de drogas, robo con arma de fuego, aquellos que la ley considera grave, Desde la experiencia, he sido testigo de muchas injusticias en contra de personas, inocentes, que sufren prisión, por lo que podrán tener la oportunidad de obtener su libertad.

No obstante, hay personas que efectivamente han cometido los delitos descritos, pero cuando uno platica con ellos, uno va entendiendo su situación de vulnerabilidad y las razones porque realizaron dichas acciones. El impacto de esta ley aun es muy temprano para medirlo, lo que sí es importante, es entender desde la fe y desde el principio constitucional de reinserción, ser generosos y recibirlos con amor y solidaridad.

Diana Morales/ Abogada

 

Pienso que la pandemia por COVID-19 fue sólo un pretexto para realizar una acción que el gobierno federal ya tenía contemplada dentro de su agenda. Dentro de la especulación política podemos decir que ya tenía negociadas algunas de estas acciones con ciertos grupos; sin embargo, no es un hecho.

No es suficiente que con tan solo un decreto queden perdonados una serie de delitos que implican seguimiento e investigación. Tampoco son buenas ni suficientes las condiciones en las que se encuentran muchos presos. Algunos críticos tachan de exagerados a quienes no están de acuerdo con la amnistía porque dicen que no son delitos graves, pero y ¿sus causas lo son?, ¿sus consecuencias lo son?, ¿las represalias lo serán?

No quisiera generalizar con los delitos que menciona el decreto, pero hay que analizar bajo qué circunstancias se realizó la práctica del aborto, ¿se obligó a la madre a hacerlo?, ¿abortó por comodidad?, etc.; para qué se portaban más dosis de las toleradas, ¿para su venta?, ¿para traficar en pequeñas cantidades?, etc.; ¿si el robo simple no violento era un vicio o fue por necesidad?

Las implicaciones que tienen para la sociedad depende de que, si las personas que fueron liberadas por cometer algún delito deciden hacer el bien o hacer el mal, si eligen el primero, sin duda, habrá un beneficio favoreciendo al bien común; si eligen el segundo, entonces estaremos en más problemas ya que se alimentarán las estructuras de pecado.

Mtro. Ramón  Enrique Rodríguez/ Grupo Caridad y Verdad

 

Decía Chesterton que el mundo moderno había sido invadido por las antiguas virtudes cristinas que se habían vuelto locas.

El caso de la Ley de Amnistía aprobada por el Congreso Federal es una clara muestra de esta afirmación.

No cabe duda que la práctica de la virtud del Perdón logró que Europa se pacificara después de la Segunda Guerra Mundial, así como su ausencia en oriente ha impedido la Paz entre hebreos y palestinos.

La Ley de Amnistía refleja una indebida práctica de esta virtud pues la aísla del valor supremo que persigue el Derecho: la Justicia. La palabra amnistía implica olvido, ya que, literalmente, significa sin memoria. Sólo que este olvido tiene por objetivo o finalidad que la sociedad se reconcilie consigo misma, como ha sucedido con Sudafrica o Uganda, donde víctimas y victimarios se reconcilian mediante un ejercicio de justicia restaurativa. En el caso mexicano la Ley de Amnistía deja de lado la Justicia y, desgraciadamente, el Estado se abroga el perdón a los delincuentes cuando esa facultad está reservada a las víctimas del delito, es decir a los secuestrados, extorsionados, los deudos de los asesinados por la delincuencia organizada.

En una loca visión de la virtud del Perdón, el Congreso mexicano le da al infractor social la claridad de víctima, dejando de lado a todas aquellas personas que fueron afectadas por las acciones de aquellos que decidieron cometer delitos.

Incluso, es tan desatinada la visión de esta ley que, aprovechando la confusión, se otorga amnistía a los que han atentado contra los no natos en el vientre materno, ya que el primer delito por el que se otorga perdón es el aborto.

Lejos de lograr la reconciliación social, esta ley promoverá la impunidad y será un incentivo para delinquir.

En conclusión, los grandes ausentes de esta ley son las víctimas del delito.

Lic. Rubén Trejo Ortega/ Abogado/ USEM

 

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