Jaime Septién/Aleteia
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el máximo tribunal de México, despenalizó el pasado martes 7 de septiembre el aborto en todo el país (anterior a este fallo solamente era legal en cuatro de los 32 estados que componen el territorio nacional).
A partir de una resolución –que es inatacable—la SCJN declaró inconstitucional penalizar el aborto en su etapa inicial (hasta las 12 semanas de embarazo), por lo que no se podrá castigar a quien decida abortar en cualquier lugar de México.
“Por las mujeres”
Según ha declarado el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, éste es “un día histórico para todas las mujeres mexicanas, sobre todo las más vulnerables (…) A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y de la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este tribunal constitucional”, dijo al concluir la sesión este martes.
Según el ministro presidente de la SCJN, en México “se inicia una nueva ruta de libertad, de claridad, de dignidad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres”.
Y más adelante, señaló que este fallo “es un paso más en la lucha histórica por su igualdad, por su dignidad y por el pleno ejercicio de sus derechos (…) Nunca más una persona con capacidad de gestar deberá ser juzgada penalmente».
Efecto nacional
Los diez ministros presente en la sede de la SCJN tomaron la decisión invalidar el artículo 196 del Código Penal del Estado de Coahuila que penalizaba el aborto en su etapa inicial y lo sancionaba de uno a tres años de prisión.
La sentencia tiene efectos generales en todo el país, e invalida las acciones legislativas de los congresos estatales (más de la mitad de los estados lo habían hecho) para blindar la vida humana desde la concepción hasta la muerte natural.
La llamada “interrupción del embarazo” en las primeras etapas de la vida de un ser humano, será, pues, legal en el segundo país con mayor número de católicos del mundo.
El ministro ponente de esta resolución, el magistrado Luis María Aguilar, señaló: “Hoy se destierra la amenaza de prisión y estigma que pesa sobre las personas que deciden libremente interrumpir su embarazo”.
¿Qué implica?
*El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es sobre la inconstitucionalidad de artículos que restringían la práctica del aborto en Coahuila.
*Pero según expertos, este fallo será usado para despenalizarlo en todo el país.
*La Suprema Corte declaró inválido el artículo 196 y partes de los artículos 198, 199 y del artículo 224, fracción II. Votaron a favor 10 ministros presentes, de un total de 11.
*Los textos invalidados se refieren a la pena de prisión para las mujeres que abortan voluntariamente, así como a restricciones para el personal de salud que las ayuda.
*Por el tipo de votación que tuvo la Suprema Corte de Justicia”, con más de ocho votos de los ministros, “tiene efectos generales, sienta jurisprudencia”.
*Eso significa que en cualquier otro asunto del mismo tipo, en el que haya una ley que penaliza el aborto de forma absoluta, ya resolvió la Suprema Corte de Justicia que tiene que estar despenalizado.
* Esto abre la puerta a que se empiece a despenalizar el aborto estado por estado, o a nivel federal.
* Esto ya sucedió en los Estados Unidos, donde en 1973 la Corte Suprema “dijo que no se puede prohibir de forma absoluta el aborto.