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Prescencia

No a la educación ideologizada del Estado: A mis hijos los educo yo

Julius Maximus Texto: Julius Maximus
28 julio, 2020
en Fe Católica, llamados
Reading Time: 5 mins read

Juan Jesús Hernández Vázquez/Psicólogo

Hablar del PIN parental es relativamente sencillo, pero no todos están de acuerdo con esta herramienta y han habido fuertes discusiones entre quienes la aceptan y quienes lo rechazan. Lo que hay que saber muy claramente es que la idea de un Pin Parental se dio luego de que desde hace varios años, grupos que fomentan la ideología de género han venido impulsando iniciativas de ley a nivel estatal y federal para que en las instituciones públicas se fomente el adoctrinamiento de su ideología, poniendo especial énfasis en la educación sexual desde edades muy tempranas, sin importar los principios éticos, morales y religiosos de los padres de familia.

¿Cuántos de nosotros pensamos que no necesitamos la aprobación de este nuevo instrumento (Pin parental) para poder decidir sobre la educación de nuestros hijos?… pues déjenme decirles que los peligros están presentes.

Y en este sentido, el pin parental garantizaría en todo momento el cumplimiento del principio del interés superior del niño o niña, que es entendido como un conjunto de acciones y procesos tendientes a garantizarle un desarrollo integral y una vida digna.

 

Lo que argumentan sobre la ley

Existen organizaciones radicales feministas, organizaciones LGBT y entes gubernamentales que están convencidos de que la iniciativa de Pin Parental atenta contra los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes y por ello lo rechazan.

Ellos argumentan que tanto la Constitución mexicana, como leyes generales y diversos tratados internacionales con enfoque en los derechos humanos de los que México forma parte, contemplan el derecho de las niñas, niños y adolescentes a la educación obligatoria universal, inclusiva, pública, gratuita y laica, y una educación sexual y reproductiva basada en la ciencia, con respeto irrestricto de la dignidad de las personas.

Los detractores (del pin parental ) alegan que la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución del Estado de Chihuahua dan facultad al Estado para que sea quien garantice una educación con enfoque en los derechos humanos y de igualdad sustantiva.

Y dicen que así se prioriza el interés superior de niñas, niños y adolescentes en el acceso, permanencia, y participación de los servicios educativos.

Argumentan que la educación sexual integral se deberá impartir conforme a la edad, el desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez, abordando la reproducción humana, planificación familiar y prevención de infecciones de transmisión sexual.

Y que las niñas, niños y adolescentes necesitan información y educación sobre todos los aspectos de la salud para poder adoptar decisiones fundamentadas en relación con su estilo de vida y el acceso a los servicios sanitarios, lo cual, dicen, debe implantarse como parte esencial del plan de estudios de la escuela.

 

Las contradicciones

Sin embargo esos argumentos son contradictorios, ya que para unas cosas se considera que los menores de edad tienen capacidad para tomar decisiones apropiadas y para otras no.

En este sentido, la experiencia clínica como psicólogo me ha enseñado que no es apropiado hablar explícitamente de las relaciones coitales a temprana edad, pues sólo se exacerba el morbo en los niños y se les incita a la práctica de las relaciones sexo genitales a temprana edad, cuando todavía no hay una maduración emocional, afectiva, ni siquiera física, puesto que todavía están en desarrollo.

Además, dar educación sexual explicita a los menores ha incrementado el índice de embarazos en adolescentes y de enfermedades de trasmisión sexual a temprana edad.

 

Leyes respaldan pin parental

Al conocer los argumentos de quienes buscan el control de la educación a los hijos por parte del Estado, queda claro que los padres de familia debemos saber lo que las leyes y tratados internacionales dicen con relación a la educación de nuestros hijos, ya que en realidad, estas leyes respaldan el uso de una herramienta como el Pin Parental.

Por ejemplo:

* La Declaración Universal de los Derechos Humanos en el artículo 26 dice que los padres “tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”. * El Pacto Internacional de los Derechos Sociales, Económicos y Culturales, en su artículo 13, dice que “los Estados se comprometen a respetar la libertad de los padres…y de hacer que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

* El Pacto Internacional de los Derechos Cívico Políticos, en su artículo 18, habla de la libertad de los padres en el contexto del derecho a la libertad de pensamiento, de creencias, de religion.

* El Convenio Europeo de Derechos Humanos, en su artículo 2 señala que “El Estado respetará el derecho de los padres a asegurar esta educación y esta enseñanza conforme a sus convicciones religiosas y filosóficas”.

*  La Constitución Mexicana, en su Artículo primero indica que “Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta constitución y los tratados internacionales (de los que México forma parte)…Queda prohibida toda discriminación… por… religión, opiniones… que atente contra la dignidad humana… menoscabe los derechos y las libertades

* El artículo 3, fracción I dice que: “Garantizada por el artículo 24, la libertad de creencias, dicha educación será laica.

* La Convención de los Derechos del Niño en el Articulo 12. Numeral 2 indica que “los Estados parte…respetarán el derecho y el deber de los padres de guiar al niño en el ejercicio de su derecho (a la libertad de pensamientos, de creencia y de religión) … su guía parental permitirá a los niños aprendan aquellos valores morales, religiosos o espirituales que les sean inculcados por sus padres…para que… puedan entenderlos, adoptarlos, llevarlos a la práctica … para el desarrollo de propio proyecto de vida…”.

 

A mis hijos los educo yo

Como podemos ver, México está obligado a honrar los tratados internacionales a los que está suscrito (y que explicamos) y debe reconocer en la ley y en la vida cotidiana, sobre todo la educativa, que somos los padres quienes tenemos el derecho y la responsabilidad primordial de promover el desarrollo y el bienestar del niño y de impartir a los menores la dirección y orientación apropiadas para que ellos puedan ejercer sus derechos reconocidos, entre otros, de libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

Por último cito textualmente al dirigente del Frente Nacional por las Familias, quien refirió que después de la Segunda Guerra Mundial, la reflexión profunda de los Estados partió de la creación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Los Estados firmantes llegaron a la conclusión de que la última tabla de salvación en contra de las dictaduras, es la familia.

Y para evitar que en un futuro cualquier poder político intentara arrebatar de la patria potestad de sus padres, la conciencia de los niños, con el fin de adoctrinarlos o ‘lavarles el cerebro’ infundiéndoles un credo de Estado, se decretó que el derecho primario de educar a los hijos corresponde a los padres, nunca al Estado.

Si los actuales promotores de tal aberración insisten en su intento, olvidándose de las víctimas de la inseguridad, de la pandemia, del desempleo e insisten en querer arrebatar la patria potestad de los padres, sepan que están abonando el terreno para la constitución de una dictadura en nuestro país, algo que los padres de familia no vamos a permitir porque: “A mis hijos, los educo yo”.

 

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