Dra. Velia Collazo/ abogada derechohumanista
Nos encontramos a unos días de celebrar el Día de la vida. Cada 25 de marzo se conmemora, toda vez que según la Tradición, es el día en que fue engendrado el Niño Jesús; por ello, la jerarquía católica señala que la vida humana es sagrada desde la fecundación del óvulo por el espermatozoide, por lo que el ser humano no puede intervenir para interrumpirla, pues ello significa ir contra la voluntad de Dios.
En la última semana los diferentes medios de comunicación hacen eco a un tema espinoso, el aborto; por ejemplo, el presidente francés señalaba que se debe incluir como un derecho fundamental; en el Estado mexicano, la mayoría de las entidades federativas lo ha despenalizado, la última fue Sinaloa, y amenazan que sigue Chihuahua, entidad en la que pretenden modificar el Código Penal a partir del numeral 143, así como agregar un artículo más a fin de lograr su objetivo, el despenalizar el aborto.
Sin embargo, en las leyes mexicanas el aborto está considerado como «delito», y dentro de la categoría «delito» se encuentran un conjunto de comportamientos muy diversos: desde el robo menor hasta el asesinato propiamente dicho. Con la despenalización del aborto nos encontramos ante la figura del asesinato.
Tudela Cuenca, quien es experto en Bioética en la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir, señala que “asistimos, una vez más, a un atentado contra la vida y dignidad humanas”. Tomando en consideración las palabras del experto en Bioética, al atentar contra una vida humana se presenta la figura de un delito, toda vez que se priva de la vida a un embrión que tiene vida y va creciendo.
En este orden de ideas, el Código Penal Federal señala que aborto “es la interrupción del proceso fisiológico del embarazo, causando la muerte del producto de la concepción”.
Cabe mencionar que la vida se encuentra protegida en el Derecho Internacional, en estatutos entre los que figuran la Declaración Universal de Derechos humanos, que en el artículo tercero establece “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. Así mismo, el artículo 6 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, expresa en el punto uno: “El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente”. Por su parte, el Pacto de San José establece en el artículo 4, párrafo primero que: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.
En consecuencia, si se practica un aborto se está actuando arbitrariamente; tal como se menciona en el Preámbulo de dicho Pacto al expresar como una realidad inmanente, central y natural, la dignidad de la persona humana, cuyos derechos deben ser protegidos, y que, por ser derechos humanos, en este caso son absolutos, porque se ejercen “erga omnes”.
Tanto desde el punto de vista científico como desde el punto de vista legal, la vida inicia a partir de la concepción o fecundación, mediante la unión del espermatozoide con el óvulo; en ese momento surge un nuevo ser humano distinto de todos los que han existido antes, existen ahora y existirán en el futuro; este nuevo ser tiene sus propios cromosomas, sus propias células, un ADN diferente al de la madre. A partir de ese momento se inicia un proceso de vida esencialmente nuevo y diferente, y sólo le hace falta desarrollarse y crecer para convertirse en niño o niña y después en adulto. Por ende, la vida de este nuevo ser humano merece respeto y protección.
Me pregunto por qué el señor Macron y otros personajes de la vida pública se toman la atribución de determinar que hay excepciones al derecho a la vida, o “contrario sensu”, que existe ¿un derecho al aborto?.
Tomarse estas atribuciones se encuentra fuera de todo contexto lógico, jurídico y espiritual. ¿Sería dar un giro total a la protección de los derechos humanos? Nos preguntamos, ¿Existe un derecho de libertad a elegir la vida de un ser humano indefenso? De acuerdo con la ley, no. Y sobre todo debemos recordar que sólo existe Derecho Humano a la vida, y no a la muerte.