Dra. Velia Collazo/ Abogada derechohumanista
Con motivo del Día del Niño, que en nuestro país se celebra desde 1924, el 30 de abril de cada año se les hacen grandes festejos a los niños, tanto en casa como en las diferentes instituciones públicas y privadas, así como en las diferentes parroquias.
Es importante recordar que ellos son personas sujetas de derechos, tal como lo define la Convención de los Derechos del Niño de 1989 de forma precisa: “un niño es todo ser humano menor de dieciocho años, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.”
El niño, por tanto, debe ser objeto de una atención especial y una protección específica. Bajo estas premisas han sido adoptados acuerdos que proclaman la protección del niño y sus derechos.
En este sentido, los derechos del niño son derechos humanos, es decir que buscan proteger a los niños como los seres humanos que son. Así, los derechos de los infantes están constituidos por garantías fundamentales y derechos humanos esenciales.
Los Derechos del Niño son derechos políticos y civiles, tales como el derecho a una identidad, que incluye el derecho a una nacionalidad; son derechos económicos, sociales y culturales, tales como el derecho a la educación, el derecho a una calidad de vida digna, derecho a la salud; son también derechos individuales: el derecho a vivir con los padres, el derecho a la educación, el derecho a la protección; y, por último, son derechos colectivos: derechos para niños refugiados y discapacitados, niños que pertenecen a grupos minoritarios.
Por ello, los Derechos del Niño son específicamente adaptados pues toman en cuenta la fragilidad, las especificidades y las necesidades propias de la edad de la infancia.
En este orden de ideas, los Derechos del Niño toman en cuenta el carácter vulnerable de la niñez y expresan la necesidad de protegerlos, esto implica la necesidad de brindarles un entorno de protección adaptada a la edad y al grado de madurez de los niños.
En el artículo 13 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de manera no limitativa, se enuncian algunos: derecho a la igualdad sustantiva; derecho a no ser discriminado; y (lo que se podría decir: “derecho a Dios”, o también derechos religiosos) derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura.
Las Sagradas Escrituras enumeran algunos derechos de los niños. Por ejemplo: “El niño tiene derecho a ser respetado” (Mateo 18, 10). “El niño tiene derecho a recibir los refuerzos que generen el respeto de sí mismo y sentimientos de seguridad y pertenencia” (Proverbios 4, 3). Y, el más importante, “Jesús dijo: Dejen que los niños vengan a mí, y no se los impidan” (Mateo 19, 14).
Entonces, ¿por qué durante las celebraciones litúrgicas, esperamos que los niños dejen de ser niños y se queden quietos, haciendo de lado sus alegrías y energías? No olvidemos que los niños también tienen derecho a Dios, y esto se encuentra establecido en la ley.
¡Feliz día del Niño! Que, en sus parroquias, sus sacerdotes y catequistas los celebren. Y que el niño que cada uno lleva dentro, no olvide que siempre hay que seguir soñando.